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13/02/26

El Ayuntamiento de Estepona presume de superávit y deuda cero mientras un informe oficial señala que se salta la regla de gasto en 24,6 millones de euros.

El Informe de Intervención del cuarto trimestre de 2025, remitido al Ministerio de Hacienda, cifra en 113,7 millones el gasto computable del Ayuntamiento frente a un límite legal de 89,1 millones, lo que supone un incremento del 31,7% donde la ley solo permite un 3,2% y obliga a aprobar un Plan Económico‑Financiero.
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Un informe de Intervención del cuarto trimestre de 2025, remitido al Ministerio de Hacienda, calcula que el gasto computable del Ayuntamiento asciende a 113,7 millones de euros frente a un límite legal de 89,1 millones, lo que supone un exceso de 24,6 millones y un incremento del 31,7% donde la tasa de referencia es del 3,2%.​

El Ayuntamiento de Estepona cerró 2025 con capacidad de financiación positiva, pero no cumple la regla de gasto fijada por la Ley de Estabilidad Presupuestaria, según un informe oficial de Intervención correspondiente al cuarto trimestre de 2025. El documento sitúa el gasto computable del Consistorio en 113,7 millones de euros, frente a un límite de 89,1 millones, por lo que la diferencia es de 24,6 millones de euros por encima del máximo permitido.​

Un informe interno remitido a Hacienda

El informe analizado, al que ha tenido acceso Estepona Info, lleva por título “Obligaciones trimestrales de suministro de información económico‑financiera derivada de la Ley 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria. Cuarto trimestre 2025” y figura en el expediente administrativo 15723/2025, con número de informe 2026‑0012 y fecha 30 de enero de 2026. Está firmado electrónicamente por el Interventor municipal, y se emite en aplicación del artículo 6 de la Ley Orgánica 2/2012 y de la Orden HAP/2105/2012, que regulan la remisión de información económico‑financiera de las entidades locales al Ministerio de Hacienda.​

En el apartado dedicado a la evaluación de la estabilidad y de la regla de gasto, el texto indica que los datos se remiten a través de la Oficina Virtual para Entidades Locales, plataforma estatal donde los ayuntamientos comunican sus magnitudes presupuestarias, de deuda y de gasto computable.​

Superávit y estabilidad presupuestaria

En materia de estabilidad presupuestaria, el informe refleja una capacidad de financiación (equivalente a superávit) para el ejercicio 2025. Tomando los capítulos 1 a 7 del presupuesto corriente, los derechos reconocidos suman 146.376.299,99 euros, mientras que las obligaciones reconocidas alcanzan 122.343.113,85 euros, lo que arroja una capacidad de financiación bruta de 24.033.186,14 euros.​

Tras aplicar los ajustes derivados de las normas de contabilidad nacional (SEC), como correcciones por recaudación efectiva y devoluciones de ingresos pendientes, la capacidad de financiación queda fijada en 8.812.103,48 euros. El Interventor resume este resultado señalando “la existencia de CAPACIDAD DE FINANCIACIÓN en el marco del objetivo de estabilidad presupuestaria en el periodo de referencia”.​

Cálculo del gasto computable y exceso sobre el límite

El mismo informe diferencia entre el cumplimiento de la estabilidad y el de la regla de gasto, que limita el crecimiento del gasto computable de un año a otro. Para 2025, el documento establece los siguientes datos:​​

  • Gasto computable 2024: 86.349.937,54 euros.​
  • Tasa de referencia de crecimiento del gasto computable para 2025: 3,2%, de acuerdo con las tasas fijadas para entidades locales tras la reactivación de las reglas fiscales.​​
  • Límite máximo de gasto computable 2025: 89.113.135,54 euros (resultado de aplicar el 3,2% sobre el dato de 2024).​

A partir de las obligaciones reconocidas en los capítulos 1 a 7, deducidos los gastos financieros y aplicados los ajustes SEC y la exclusión del gasto financiado con fondos finalistas, el Interventor sitúa el gasto computable de 2025 en 113.750.737,41 euros. El cuadro de la regla de gasto recoge, literalmente, una “Diferencia entre el límite de la Regla de gasto y el Gasto computable Liquidación Pto. 2025” de ‑24.637.601,87 euros, lo que equivale a un exceso de 24,6 millones de euros sobre el límite.​

El mismo bloque de cifras indica un incremento del gasto computable del 31,73% entre 2024 y 2025, muy por encima de la tasa de referencia del 3,2% anotada para ese ejercicio.​​

Conclusión del Interventor sobre la regla de gasto

Tras exponer los cálculos, el informe incorpora una conclusión expresa sobre este punto:​

“Por lo expuesto, se deduce que el gasto computable de la entidad supera el límite del gasto computable con respecto al ejercicio inmediato anterior y, por tanto, se deduce que NO CUMPLE con la regla de gasto con las estimaciones del trimestre de referencia.”​

El texto añade que estas estimaciones se han confeccionado con los datos disponibles a la fecha de referencia y que pueden existir operaciones pendientes de contabilizar que se reflejen posteriormente en la liquidación definitiva del ejercicio.​

Evolución del gasto: inversiones y servicios

El informe incluye también un cuadro con la evolución del presupuesto de gastos entre los créditos iniciales y los créditos definitivos estimados para 2025. En él se aprecian varios aumentos significativos:​

  • Inversiones reales (capítulo 6): de 17.346.071,06 euros de crédito inicial a 62.958.019,92 euros de crédito definitivo estimado.​
  • Gastos en bienes corrientes y servicios (capítulo 2): de 51.151.050,43 euros a 59.739.162,12 euros en créditos definitivos estimados.​
  • Pasivos financieros (capítulo 9): de 5.276.221,40 euros a 24.756.739,34 euros en créditos definitivos estimados.​

En cuanto a las obligaciones reconocidas netas (gasto efectivamente ejecutado), las cifras de 2025 son las siguientes:​

  • Gastos de personal: 31.022.866,76 euros.
  • Gastos en bienes corrientes y servicios: 52.779.055,13 euros.
  • Inversiones reales: 28.005.014,16 euros.
  • Pasivos financieros: 24.756.739,34 euros.

Estos datos sirven de base para el cálculo del gasto computable y para la comparación con el límite derivado de la regla de gasto.​

Aunque el informe de Intervención no detalla las consecuencias, sí indica que se emite al amparo de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y de la Orden HAP/2105/2012 sobre suministro de información. La normativa de estabilidad establece que, cuando una entidad local incumple la regla de gasto, debe aprobar un Plan Económico‑Financiero con medidas para recuperar el cumplimiento en los ejercicios siguientes.

Ese plan ha de ser aprobado por el Pleno y remitido al Ministerio de Hacienda para su supervisión, según recogen los documentos de la propia Administración General del Estado sobre planes económico‑financieros y reactivación de reglas fiscales para el periodo 2024‑2026.

Por ahora, el dato cierto es que el Interventor municipal ha comunicado oficialmente que el gasto computable del Ayuntamiento de Estepona en 2025 supera en 24,6 millones de euros el límite calculado conforme a la regla de gasto, y que en ese ejercicio se mantiene una capacidad de financiación positiva en términos de estabilidad presupuestaria

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