21.6 C
Estepona
20/04/26

La justicia mantiene viva la causa contra el alcalde de Estepona

La jueza ordena continuar las diligencias contra el alcalde y la teniente de alcalde por presunto tráfico de influencias en una adjudicación municipal.

¡Lo más leído!

Estepona Info
Estepona Infohttps://esteponainfo.es
Estepona Info es un periódico digital que comparte noticias sobre Estepona y alrededores desde 2024.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Estepona ha denegado el sobreseimiento provisional solicitado por la defensa del alcalde, José María García Urbano, y de la teniente de alcalde, Ana Velasco Garrido, ordenando que la investigación por presuntos delitos de prevaricación y tráfico de influencias continúe por sus trámites legales.

El auto judicial, dictado el 24 de marzo de 2026 y firmado por la jueza Blanca Galán Sánchez, establece que no procede el archivo de las actuaciones al no haber concluido aún las diligencias de investigación en curso. Tanto el alcalde como la teniente de alcalde están amparados en todo momento por el principio de presunción de inocencia, y ninguno de los investigados ha sido acusado formalmente hasta la fecha.

El origen de la causa

Las Diligencias Previas 961/2025 se incoaron a raíz de una denuncia presentada por el Ministerio Fiscal, tras la apertura de un expediente de investigación iniciado mediante decreto el 15 de julio de 2025. La causa se centra en el procedimiento de adjudicación del equipamiento público de la Torre Mirador del Carmen, un espacio emblemático del casco urbano de Estepona.

Según el PSOE de Estepona, que ejerce la acusación popular en este procedimiento, la adjudicación de dicho equipamiento habría recaído en una persona del entorno familiar del alcalde. Esta afirmación, formulada por una de las partes en el proceso, no ha sido confirmada hasta la fecha por resolución judicial alguna ni por el Ministerio Fiscal en los documentos oficiales disponibles.

Los hechos son investigados bajo dos posibles calificaciones penales: presunta prevaricación administrativa —que implicaría, de probarse, el dictado de resoluciones injustas a sabiendas— y presunto tráfico de influencias —que supondría, de acreditarse, el uso de la posición pública para obtener beneficios indebidos para terceros—. En ambos casos se trata de calificaciones provisionales propias de la fase de instrucción.

Los investigados

Junto al alcalde y a la teniente de alcalde, el procedimiento incluye a otros funcionarios e investigados cuyos nombres constan en el expediente judicial al que ha tenido acceso Estepona info. Todos ellos se encuentran en fase de investigación preliminar, sin acusación formal, y están plenamente amparados por la presunción de inocencia reconocida en el artículo 24.2 de la Constitución Española.

La posición del Ministerio Fiscal

La fiscal del caso, Rocío Rivero Fernández, de la Fiscalía de Área de Marbella, se opuso formalmente al archivo mediante escrito presentado el 17 de marzo de 2026. En su escrito, la fiscal argumenta que la instrucción judicial aún no está concluida y que la investigación tiene un objeto claramente delimitado, alejándose de lo que podría considerarse una pesquisa prospectiva o sin fundamento.

La Fiscalía recuerda que las diligencias previas tienen como misión esencial “averiguar y hacer constar la perpetración de los delitos con todas las circunstancias que puedan influir en la calificación y la culpabilidad”, tal y como establece el artículo 299 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Por qué la jueza rechaza el archivo

La jueza Blanca Galán Sánchez sustenta su decisión en tres argumentos principales:

  • La instrucción no ha concluido: existen diligencias de investigación acordadas que todavía no se han practicado, por lo que no es el momento procesal adecuado para archivar.
  • Base suficiente para continuar: la noticia criminal activa la investigación judicial, y el objeto del enjuiciamiento “va cristalizando progresivamente”, recogiendo jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 211/2020).
  • Función garantista del instructor: el sobreseimiento solo procede cuando queda acreditado que los hechos investigados no revisten carácter penal, circunstancia que en este caso la jueza no aprecia.

El Partido Socialista Obrero Español (PSOE) de Estepona está personado en este procedimiento como acusación popular. Su portavoz municipal, Emma María Molina Fernández, ha valorado positivamente la continuación de la causa, declarando que “no se pueden permitir posibles irregularidades en la adjudicación de equipamientos públicos” y subrayando “la necesidad de que se esclarezcan todos los hechos y se depuren las responsabilidades correspondientes”.

Estas declaraciones representan la posición de una de las partes en el proceso y deben ser valoradas en ese contexto.

Qué ocurre ahora

El procedimiento continúa en el Juzgado nº 4 de Estepona. El auto no es firme: la defensa de los investigados puede interponer un recurso de reforma ante la misma jueza. Si este fuera desestimado, cabría un posterior recurso de apelación.

Mientras tanto, el juzgado deberá completar las diligencias pendientes antes de decidir si existen méritos suficientes para abrir juicio oral o proceder al archivo definitivo de la causa.

Suscríbete Gratis a Estepona Info

- Publicidad -spot_imgspot_img
spot_img

Mas Noticias

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -spot_img

Últimas Noticias

×