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13/10/26

El Consejo de Transparencia requiere al Ayuntamiento de Estepona a publicar las retribuciones y bienes del alcalde

El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía emite una resolución (PA-087/2026) que da al Ayuntamiento de Estepona un plazo de un mes para subsanar deficiencias en su portal.

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  • El órgano constata el incumplimiento en la publicidad de las retribuciones del regidor de 2023, sus declaraciones anuales de bienes y actividades del mandato actual y la falta de detalle en su trayectoria profesional.
  • El organismo autonómico concluye, en cambio, que el Consistorio sí cumple las obligaciones legales en materia de contratación pública a través del perfil del contratante.

El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía ha requerido formalmente al Ayuntamiento de Estepona para que proceda a subsanar diversas deficiencias detectadas en su sede electrónica y portal de transparencia. En una resolución oficial dictada tras la denuncia presentada por un particular, el órgano de control autonómico otorga a la administración local un plazo improrrogable de un mes para poner a disposición ciudadana las retribuciones del alcalde en 2023, sus declaraciones anuales de bienes y actividades del mandato 2023-2027 y la información completa sobre su trayectoria profesional.

Retribuciones, registro de intereses y currículum bajo examen

El dictamen del Consejo de Transparencia (Resolución PA-087/2026) analiza las obligaciones de publicidad activa reguladas por la Ley 1/2014 de Transparencia Pública de Andalucía y la normativa estatal. Tras realizar comprobaciones técnicas en el portal municipal durante el mes de septiembre de 2026, el órgano fiscalizador ha determinado la existencia de varios cumplimientos defectuosos:

  1. Retribuciones netas de 2023: Aunque el Consistorio mantiene publicados los salarios e indemnizaciones correspondientes a los ejercicios 2024 y 2025, el Consejo constata la ausencia de los datos retributivos del alcalde relativos al año 2023.
  2. Declaraciones de bienes y actividades: El organismo advierte de que en el Registro de Intereses municipal no figuran accesibles las declaraciones anuales patrimoniales del titular de la alcaldía relativas al actual mandato 2023-2027, exigiendo que se publiquen o que, en caso de no haberse producido variaciones que obliguen a ello, se justifique expresamente dicha circunstancia.
  3. Trayectoria profesional: La resolución señala que en el portal municipal únicamente figura una mención genérica a puestos profesionales sin referencias cronológicas ni temporales, lo que incumple el estándar legal de información organizativa.

En contraposición, el Consejo no ha apreciado infracción respecto a las demandas sobre contratos públicos formuladas en la denuncia original, concluyendo que el Ayuntamiento cumple con la ley al facilitar el acceso directo a sus licitaciones históricas y actuales mediante la Plataforma de Contratación del Sector Público y su perfil del contratante. Asimismo, el organismo ha recordado que materias como las declaraciones del IRPF o los gastos de viaje exceden del catálogo tasado de obligaciones de publicidad activa que compete supervisar a este organismo.

Alegaciones municipales y plazo de subsanación

En su trámite de alegaciones ante el Consejo de Transparencia, el Ayuntamiento de Estepona sostuvo que las declaraciones de bienes ya habían sido formalizadas reglamentariamente ante la Secretaría General previo a la toma de posesión, argumentando asimismo que la dificultad para visualizar parte del perfil de la corporación respondió a una incidencia técnica temporal en los servidores del Centro de Procesamiento de Datos (CPD) que ya había sido solventada.

No obstante, el Consejo ha resuelto que la información disponible en las plataformas electrónicas municipales continúa siendo insuficiente para garantizar el derecho de acceso ciudadano.

El Ayuntamiento dispone ahora de un mes natural, a contar desde la notificación oficial de la resolución, para publicar la documentación requerida y certificar su cumplimiento ante el Consejo de Transparencia. Contra la decisión administrativa, el Consistorio puede interponer recurso potestativo de reposición o acudir directamente a la vía contencioso-administrativa ante los juzgados de Sevilla.

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